Los tribunales consolidan el derecho de los afiliados de ASPROT a percibir sus derechos de imagen: la Justicia pone fin al monopolio en el sector taurino
La Justicia ratifica de forma definitiva y contundente el derecho de todos los profesionales de ASPROT a cobrar sus derechos de imagen en igualdad de condiciones con las demás asociaciones. Una sucesión de sentencias históricas en los Juzgados de lo Social y, de manera muy destacada, un pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, han fijado doctrina al declarar que los derechos de imagen en festejos taurinos televisados son considerados salarios. Por lo tanto, los empresarios taurinos están obligados a pagarlos a todos los actuantes por igual, sin discriminación ni distinción de la entidad profesional a la que pertenezcan.
Con la publicación de este comunicado, ASPROT celebra una victoria que pone punto final a una batalla judicial de muchos años contra la patronal taurina y los sindicatos tradicionales. Estas organizaciones, abusando de su posición, pretendían monopolizar el reparto de estos legítimos derechos económicos en los festejos televisados. Sin embargo, a pesar del claro mandato del alto tribunal, el sector tradicional sigue resistiéndose a acatar la legalidad.
A continuación, repasamos los hitos judiciales más recientes que desmantelan el pretexto del Convenio estatutario y marcan el fin de los abusos consentidos durante décadas en el sector:
Éxito en el TSJ de Castilla y León: los derechos de imagen son salario
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, estimó el recurso de suplicación de ASPROT anulando la única sentencia que nos había sido contradictoria. Este alto tribunal ha sentado cátedra al establecer que el pago de estos derechos no puede depender de la discrecionalidad de las empresas ni de pactos de exclusividad con otros sindicatos (como la UNPBE o ASNAME).
Al ser calificados como salarios, los empresarios actúan como meros intermediarios con las televisiones y tienen la obligación estricta de abonarlos y, además, cotizar por ellos a la Seguridad Social. Como consecuencia, la empresa Circuitos Taurinos S.L. (representada por Carlos Zúñiga) ha sido condenada a abonar las cuantías adeudadas más sus correspondientes intereses.
Nueva condena a Sevilla Pagés S.L. en La Maestranza
El Juzgado de lo Social Nº1 de Sevilla se ha sumado a esta sólida línea jurisprudencial al condenar a la empresa Sevilla Pagés S.L., gestora de la Real Maestranza. El tribunal ha obligado a la entidad sevillana a pagar las cuantías correspondientes a dos picadores y tres ayudas de mozo de espadas representados por ASPROT.
La resolución desmonta la práctica habitual de las empresas taurinas que pretendían justificar los impagos bajo la excusa de haber liquidado previamente un «pago global» a la UNPBE. El juzgado deja claro que las disputas o la falta de reparto interno entre asociaciones no exime a la patronal de pagar de forma íntegra e individualizada a cada profesional.
Precedente firme contra Exclusivas Roalju S.L.
Estos logros se añaden al camino abierto por el Juzgado de lo Social Nº3 de Ciudad Real, que condenó firmemente a la empresa Exclusivas Roalju S.L. (del empresario Julián Alonso). El juzgado determinó que la falta de un contrato directo firmado con ASPROT no anula el derecho al cobro de sus afiliados. Esta sentencia impuso además un recargo por interés moratorio del 10% anual sobre las cantidades salariales adeudadas.
🔴 Mala fe patronal y sindical: Espantada en la Mesa del Convenio Colectivo
En lugar de dar debido cumplimiento a lo resuelto por la Justicia, los sindicatos tradicionales de matadores y cuadrillas han optado por la confrontación. En una maniobra de evidente mala fe, estas entidades han decidido retirarse de la Mesa de negociación del nuevo Convenio Colectivo Nacional Taurino estatutario, recién publicado. Con esta espantada, dejan en solitario al frente de dicha responsabilidad a los sindicatos mayoritarios nacionales UGT y CC.OO., los cuales carecen de experiencia en las particularidades del mundo del toreo.
Esta estrategia busca justificar de forma burda la exclusión de ASPROT de la Comisión Negociadora de dicho Convenio. El objetivo de fondo no es otro que bloquear la modificación y regularización del sistema de reparto de los derechos de imagen. Por mucho que le pese a ciertos empresarios de ANOET, el sistema actual tiene que transformarse para cumplir de manera estricta con las exigencias de los tribunales.
Un derecho extensivo a todos los estamentos de la lidia: El fin del abuso a los Grupos B y C
ASPROT no solo ha ganado la guerra jurídica para sus afiliados a través de innumerables demandas en juzgados de toda España; ha logrado un beneficio histórico para todo el sector. Las sentencias obtenidas aclaran de manera contundente que los derechos de imagen pertenecen a todos los profesionales actuantes por igual.
Esto incluye directamente a los Matadores, Novilleros y Rejoneadores de los grupos B y C, quienes hasta la fecha no percibían un solo euro cuando toreaban en festejos televisados. Esta situación constituía una injusticia histórica amparada por la Unión de Toreros durante más de una década, y un abuso manifiesto contra unos profesionales traicionados por los mismos sindicatos que debían representarlos. Hoy, la contundencia de los jueces al calificar estos derechos como salario destapa definitivamente este atropello.
ASPROT mantendrá una postura firme y comunicará a la Inspección de Trabajo cualquier futura infracción o falta de cotización por parte de las empresas. No permitiremos que se sigan utilizando argumentos ilícitos para coartar la libertad de afiliación sindical mediante el estrangulamiento económico. La ley y la razón siempre se imponen.
Para consultar todos los detalles técnicos, fundamentos jurídicos y el documento oficial emitido por el Tribunal Superior de Justicia, puede acceder al enlace oficializado a continuación:
Descargar Comunicado de Prensa Oficial y Sentencia Completa (PDF)